ORGANISMO: Gobierno Vasco
OBJETO
a) «Merkataritza-Ekintzaile Aholkularitza»: ayuda para financiar el desarrollo de un Plan de Negocio tras un proceso de maduración de una nueva idea.
b) «Merkataritza-Ekintzaile Ekin+»: ayuda destinada a financiar los gastos y las inversiones que deban realizar las nuevas empresas, nuevas actividades económicas y/o nuevas líneas de negocio creadas por proyectos de emprendimiento.
ENTIDADES BENEFICIARIAS
MERKATARITZA-EKINTZAILE AHOLKULARITZA
1.– Contar con una nueva idea de negocio a desarrollar en la CAE que se encuadre en alguna de las actividades recogidas en la base 8.
2.– No estar dado de alta en el epígrafe del IAE vinculado a la nueva idea de negocio antes del 1 de enero de 2026.
MERKATARITZA-EKINTZAILE EKIN+
1.– No estar dado de alta o estar dado de alta en el IAE correspondiente a la actividad objeto del Plan de Negocio con viabilidad positiva como máximo desde el 1 de enero de 2025
2.– Contar con un Plan de Negocio de fecha posterior a 1 de enero de 2024 con viabilidad positiva y que cumpla con el contenido mínimo previsto en la base 13.1.
CONCEPTO SUBVENCIONABLE
MERKATARITZA-EKINTZAILE AHOLKULARITZA
La ayuda al asesoramiento en la elaboración de un Plan de Negocio dirigido a:
a) La puesta en marcha de un negocio comercial.
b) La diversificación del modelo de negocio de la empresa existente.
c) La creación de nuevos establecimientos comerciales del negocio existente.
d) La transmisión empresarial del negocio existente, vinculada a los supuestos anteriores. A estos efectos, se entenderá incluida la adquisición de un comercio ya existente, el traspaso de negocio, el relevo generacional o continuidad familiar, así como la adquisición de la actividad mediante transmisión patrimonial o por subrogación.
MERKATARITZA-EKINTZAILE EKIN+
Inversiones subvencionables:
Serán subvencionables aquellas que se contemplen expresamente en el Plan de Negocio, conforme a los siguientes tipos de inversión:
a) Inversiones en el local comercial, en instalaciones técnicas y en almacenes
b) Inversiones en mobiliario
c) Inversiones en maquinaria especializada: maquinaria necesaria para la producción o el servicio
d) Inversiones en tecnología
e) Inversiones en adquisición de vehículos
f) Derechos de traspaso.
Gastos subvencionables:
a) Gastos de constitución
b) Gastos en el local comercial
c) Gastos de marketing y promoción
d) Gastos de formación especializada
e) Estudios estratégicos para el desarrollo del negocio
f) Gastos en arrendamiento de vehículos
g) Arrendamiento financiero (leasing) y arrendamiento operativo (renting)
IMPORTE SUBVENCION
MERKATARITZA-EKINTZAILE AHOLKULARITZA
Se subvencionará el 80 % de los gastos admitidos, con un importe máximo de 5.000 euros. Por gasto admitido se entiende aquel que cumpla con los requisitos establecidos en estas bases. En todo caso, se considerará un máximo de gasto admitido de 6.250 euros.
MERKATARITZA-EKINTZAILE EKIN+
Se subvencionará el 80 % de las inversiones y gastos admitidos, con un importe máximo de 25.000 euros y 7.500 euros respectivamente.
PLAZOS
El plazo de ejecución comprenderá desde el 1 de enero de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2026, ambos inclusive.
PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
El plazo de presentación de solicitudes comenzará el 10 de junio de 2026 y finalizará el 15 de septiembre de 2026 o, en su caso, en el momento en el que se agote el crédito dispuesto a este efecto.










