ORGANISMO: Ayuntamiento de Galdakao
OBJETO
Apoyo a los establecimientos comerciales en la zona PERCO. Financiar la inversión en establecimientos comerciales situados en zonas PERCO que estén dados de alta en el momento de publicación de esta convocatoria. Se pretende Incidir e impulsar la mejora de la actividad comercial en esta zona, a través de la financiación de inversiones en los mismos, tanto de nuevas aperturas como de renovación de establecimientos.
ENTIDADES BENEFICIARIAS
Podrán ser beneficiarias las personas trabajadoras por cuenta propia o autónoma, comunidades de bienes o sociedades civiles y las micro empresas de menos de 5 trabajadores que ejerzan actividad económica en el municipio de Galdakao, siempre que se encuentren al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Además, para la línea 2 de ayudas las personas beneficiarias deberán ser titulares de una actividad comercial, (actividad incluida en el listado del anexo I), en establecimiento fijo a pie de calle ubicado en la zona PERCO* (según el plano recogido en el anexo II) y que hayan acometido o acometan proyectos de inversión tanto de nuevas aperturas como de renovación de establecimientos desde el 1 de enero del 2023 hasta 16 de febrero de 2025.
GASTOS SUBVENCIONABLES
Serán objeto de subvención los gastos de inversión y mejora del negocio que se hayan realizado en el periodo indicado en la convocatoria en el «Boletín Oficial de Bizkaia» (periodo subvencionable). Estos gastos deberán ser estrictamente necesarios y estar directamente relacionados con la actividad principal desarrollada en el establecimiento objeto de la subvención que se encuentre en la zona comercial PERCO y deberán ser declarados y justificados correctamente. Ello incluye, tratamientos de limpieza en la fachada, luminarias y vehículos ecológicos (coches o furgonetas eléctricas, bicicletas, triciclos de reparto), siempre que quede fehacientemente acreditado que son necesarios para el desarrollo de la actividad.
En ningún caso serán subvencionables los conceptos siguientes:
— Adquisición de locales, vehículos contaminantes o mercancías.
— Elementos fungibles propios de la actividad (bolsas) o material de oficina.
— Costes de transporte.
— Herramientas y utensilios.
— Elementos de decoración (lámparas, espejos, biombos, cuadros, alfombras, cortinas, jarrones…).
— Reparaciones, incluso de elementos subvencionables.
— Montaje de muebles.
— Rotulación: rótulos externos e internos del establecimiento, horario de trabajo o similar, toldos y rotulación de vehículos comerciales.
IMPORTE SUBVENCION
La cuantía de la subvención será el 50% de los gastos justificados y debidamente pagados, hasta un importe máximo individualizado por persona o entidad beneficiaria 3.000,00 euros. Dicho importe máximo se podrá incrementar un 10%, es decir, hasta 3.300euros si se acredita alguna de las siguientes cuestiones:
— Realización de obras necesarias en materia de accesibilidad para adaptación de los locales: rampas, ampliación de puertas de entrada, adaptación de baños para personas con movilidad reducida, etc.
— Realización de actuaciones que presenten una mejora significativa, debidamente acreditada, en materia de eficiencia energética.
— Acreditación de pertenecer a alguna asociación sectorial de comercio de ámbito municipal, provincial o de la Comunidad Autónoma.
PLAZOS
El plazo de presentación de las solicitudes será del 17 de febrero al 28 de marzo del 2025.
PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Con carácter general y preferente, presentación mediante medios electrónicos en la página web: https://www.galdakao.eus/gestiones/Ayudas%20y%20Subvenciones
De forma presencial, con cita previa, se ayudará para la presentación en la oficina de Behargintza, sita en Zabalea 35, Galdakao. Para la presentación de la solicitud previamente y siempre que no dispongan de firma electrónica, deberán obtener la BakQ en la oficina ESAN y en el KZ-gunea.