ORGANISMO: Ayuntamiento de Durango
OBJETO
Es objeto de esta resolución el establecimiento de las bases reguladoras de las subvenciones convocadas por el Ayuntamiento de Durango, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a la colocación de rótulos exteriores y páginas web en euskera, durante el ejercicio 2025, tal y como viene recogido en el Plan General de Promoción del Uso del Euskera aprobado por el Ayuntamiento.
ENTIDADES BENEFICIARIAS
Podrán ser sujetos beneficiarios de las subvenciones por la instalación de rótulos exteriores los comerciantes y hosteleros que tengan su establecimiento radicado en Durango, así como las asociaciones de ámbito municipal. Se entiende por rotulación aquella colocada en la parte exterior del local, así como la impresa en toldos y en vehículos comerciales. Quedan excluidos del ámbito de esta subvención aquellos rótulos en los que solamente aparezca el nombre o nombre y apellidos del titular del negocio.
Podrán ser sujetos beneficiarios de las subvenciones por las páginas web en euskera, las asociaciones o entidades de ámbito municipal, así como los establecimientos comerciales y hosteleros. Las entidades que percibieron subvención en años anteriores podrán optar a las subvenciones de esta convocatoria. Para ello deberán aportar información de las innovaciones realizadas desde la concesión de la subvención anterior.
Tanto en el caso de los rótulos como en el de las páginas web, el texto deberá estar correctamente escrito. Para ello el interesado podrá solicitar asistencia técnica del Servicio Municipal de Euskera.
Las entidades beneficiarias deberán estar al corriente del pago de impuestos, tasas, arbitrios y sanciones del Ayuntamiento de Durango, y otras de otras administraciones públicas.
CONCEPTO SUBVENCIONABLE
1. Rótulos exteriores:
- Colocación de rótulos en euskera (toldos y vehículos incluidos): Se subvencionará el 50% del coste. El máximo a percibir serán 800 Euros.
- Colocación de rótulos en euskera y castellano:
a) Se subvencionará el 30% a aquellos rótulos que den prioridad al euskera. El máximo a percibir serán 600 Euros.
b) Se subvencionará el 25% a los rótulos bilingües. El máximo a percibir serán 500 euros
2. Páginas web:
- Cuando la página de inicio de la web esté predeterminada para que se abra en euskera, se subvencionara el 30%. El máximo a percibir serán 600 euros.
- Página web en euskera y castellano: Se subvencionará el 25%. El máximo a percibir serán 500 euros.
PLAZOS
El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 31 de octubre de 2025.
El plazo máximo para la resolución de las solicitudes será el 30 de noviembre de 2025.