ORGANISMO: Gobierno Vasco
OBJETO
El objeto de la presente convocatoria es establecer las bases y regular las ayudas a conceder a las empresas vascas que estén invirtiendo en investigación e innovación por la contratación de personas jóvenes desempleadas inscritas en cualquier servicio público de empleo.
ENTIDADES BENEFICIARIAS
Podrán ser beneficiarias de las ayudas previstas en esta convocatoria, previa solicitud cursada al efecto, las empresas privadas, cualquiera que sea su forma jurídica, así como las Asociaciones y Fundaciones que estén invirtiendo en la realización de iniciativas de investigación e innovación contempladas en esta convocatoria, en las que no concurran las circunstancias previstas en el apartado 2 y que cumplan los siguientes requisitos:
a) Tener domicilio social y fiscal en la CAPV o centro de trabajo radicado en la CAPV.
b) No hallarse participada directa o indirectamente en más de un 50 % por una o varias Administraciones Públicas.
Requisitos relativos a las personas jóvenes contratadas:
1.– Las personas jóvenes destinatarias finales de estas ayudas deben de cumplir los siguientes requisitos:
- Ser mayor de 16 años y menor de 30 años.
- Estar desempleada e inscrita y de alta como demandante de empleo en cualquier servicio público de empleo el día anterior al del inicio del contrato.
- Estar capacitada para llevar a cabo proyectos de investigación en calidad de investigadoras, tecnólogas, personal técnico y otros perfiles profesionales en I+D+i, así como en su caso el personal de apoyo a la investigación, facilitando su inserción laboral para contribuir a incrementar la competitividad de la investigación y la innovación.
- Como personal de apoyo se podrá contratar hasta un 10 por ciento del total de puestos de trabajo ofertados, excluyéndose en todo caso los trabajos de apoyo administrativo.
CONCEPTO SUBVENCIONABLE
Las subvenciones a otorgar para la contratación se destinarán a la financiación de los costes laborales y salariales, incluyendo los gastos de cotización por todos los conceptos a la Seguridad Social, de las personas jóvenes que sean contratadas para el desarrollo y ejecución de las iniciativas de investigación e innovación del Programa Ikerlan.
Las entidades beneficiarias deberán presentar una solicitud de gestión de oferta de empleo por cada perfil de puesto de trabajo a cubrir tras la notificación de la Resolución de concesión de las subvenciones.
IMPORTE SUBVENCION
El importe de la subvención a conceder por todos los conceptos de gasto contemplados en el apartado anterior se calculará en función de las previsiones recogidas en el Plan de contratación presentado del número de personas a contratar, los meses de contratación de cada una de ellas y el siguiente módulo a aplicar según el grupo de cotización de la Seguridad Social que corresponda:
- Modulo A: el módulo ascenderá a 22.405,92 euros por persona contratada y año de contratación (1.867,16 euros por mes), en el caso de contratos en los grupos de cotización de la Seguridad Social 9 a 5, ambos inclusive.
- Módulo B: el módulo ascenderá a 33.108,84 euros por persona contratada y año de contratación (2.759,07 euros por mes), en el caso de contratos en los grupos de cotización de la Seguridad Social 4 a 1, ambos inclusive.
PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del País Vasco hasta el 30 de septiembre de 2025.
Se presentará una única solicitud por entidad para todas las contrataciones a realizar. Las solicitudes presentadas fuera del plazo previsto en la convocatoria darán lugar a la inadmisión de las mismas.