ORGANISMO: Ayuntamiento de Bilbao
OBJETO
Es objeto de esta Convocatoria la regulación de los requisitos para el acceso a las subvenciones a fondo perdido que aprueba y concede Bilbao Ekintza, E.P.E.L., a fin de promover la rehabilitación y mejora del exterior de locales comerciales en planta baja de los barrios de Bilbao La Vieja, San Francisco y Zabala.
ENTIDADES BENEFICIARIAS
Personas físicas (autónomas y/o profesionales, y socios/as de comunidades de bienes y sociedades civiles sin personalidad jurídica) o jurídicas que tengan la condición de micro o pequeña empresa y sean titulares de la actividad que se desarrolle o vaya a desarrollarse en locales en planta baja y a cuyo cargo se realicen las obras, instalaciones o actuaciones, así como el/la propietario/a de local arrendado.
Las ayudas podrán ser solicitadas tanto por los/as propietarios/as de los locales, como por los/as propietarios/as de los negocios en locales arrendados con la aprobación del titular del local.
CONCEPTO SUBVENCIONABLE
Obras de mejora, adecuación y/o modernización de las fachadas, escaparates y accesos de los locales comerciales en planta baja. Más allá de las tareas de mantenimiento y conservación ordinarias, tales obras redundarán en una mejora del aspecto exterior del inmueble:
— Escaparates incluyendo mobiliario y decoración.
— Rótulos y otros elementos exteriores.
— Iluminación exterior de escaparates.
— Sustitución de persianas (ciegas por caladas).
— Pequeñas obras y reformas exteriores de albañilería/carpintería y pintura.
— Remodelación-reforma de fachada del comercio.
— Accesibilidad.
— Otros de carácter similar.
IMPORTE SUBVENCION
La cuantía de las subvenciones a percibir por las personas beneficiarias con motivo de la ejecución de obras consistirá en la aplicación de un porcentaje del 90% sobre el presupuesto protegible. En ningún caso esta subvención podrá ser superior a seis mil (6.000,00 euros) euros por expediente. Las ayudas serán compatibles con las reguladas por otras entidades si bien el total de las ayudas percibidas no podrá superar el 100% del presupuesto protegible.
PLAZOS
El plazo de presentación de las solicitudes de las ayudas comenzará a las 10:00 horas del 12 de marzo de 2026 y permanecerá abierto como hasta las 13.30 horas del 30 de diciembre de 2026 inclusive, o hasta agotar el presupuesto asignado.
En todo caso la presentación de la solicitud deberá producirse antes del inicio de las obras.










