ORGANISMO: Ayuntamiento de Durango
OBJETO
Promover la contratación de personas duranguesas inscritas en Lanbide-Servicio Vasco de Empleo en el mercado ordinario por parte de las empresas locales. A estos efectos, tendrán la consideración de empresas locales las personas físicas o jurídicas, de naturaleza privada, con centro de trabajo y actividad económica en el municipio de Durango.
ENTIDADES BENEFICIARIAS
Podrán acceder a las ayudas económicas establecidas en estas bases las empresas locales siempre que cumplan todas las siguientes condiciones:
- Tengan su centro de trabajo y actividad económica en Durango.
- Estén al corriente de obligaciones con Hacienda y Seguridad Social.
- No se encuentren en los supuestos prohibidos de la Ley 38/2003.
PERSONAS QUE SE PUEDEN CONTRATAR:
- Deben estar desempleadas y registradas en Lanbide el día anterior al inicio del contrato.
- Deben estar empadronadas en Durango antes de la formalización del contrato.
No serán subvencionables:
- Contratación de familiares cercanos (hasta 2º grado) del empresario/a o directiva.
- Contratos fijos discontinuos.
- Recontrataciones ya subvencionadas en convocatorias anteriores.
CONCEPTO SUBVENCIONABLE
DATOS RELEVANTES DE LA AYUDA
Período subvencionable de contratación: del 1 de julio de 2024 al 30 de junio de 2025.
Obligación de mantener el empleo durante 12 meses (o devolver la parte proporcional).
Máximo 3 solicitudes por empresa.
La justificación final debe presentarse antes del 31 de julio de 2026.
Procedimiento de concesión: concurrencia competitiva y valoración por puntos (tamaño empresa, colectivo contratado y tipo de jornada).
Incompatible con otras ayudas para la misma finalidad (excepto bonificaciones de la Seguridad Social).
IMPORTE SUBVENCION
- A) Contratos indefinidos
- 8.000 € por contrato a jornada completa.
- Si es parcial, cuantía proporcional (mínimo 50% jornada).
- Límite: 75% de los costes salariales anuales.
- B) Artistas y personal técnico en espectáculos
- 3.000 € (contratos de 3 meses a jornada completa).
- 6.000 € (6 meses o más a jornada completa).
- Proporcional si la jornada o duración es menor.
- Límite: 75% de costes salariales.
- C) Colectivos prioritarios: (Subvención más alta)
- Personas titulares/beneficiarias de RGI
- Menores de 35 años
- Mayores de 55 años
- Personas paradas de larga duración
➡️ 10.000 € por contrato a jornada completa
➡️ Límite: 100% de costes salariales.
Incremento por contratación de mujeres
+10% adicional en todas las modalidades.
(Con el tope del 100% de los costes salariales).
PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de Bizkaia hasta el 13 de febrero de 2026.










