ORGANISMO: Lanbide - Gobierno Vasco
OBJETO
Mejorar la calidad del empleo y reducir la jornada parcial no deseada, incentivando el paso de contratos indefinidos a tiempo parcial a jornada completa, con un incentivo mayor cuando la persona trabajadora es mujer.
https://www.euskadi.eus/ayuda_subvencion/2026/partz/web01-tramite/es/
DATOS RELEVANTES:
- Mantenimiento del empleo: además del contrato convertido, debe mantenerse durante 24 meses el nivel de empleo de la plantilla media existente en el momento de la conversión, con las excepciones previstas en las bases.
- Pago en dos fases: 50 % al concederse la ayuda y 50 % restante una vez transcurridos 12 meses desde la concesión, tras comprobar el mantenimiento del contrato.
- Concesión hasta agotar fondos: las solicitudes se resuelven por orden de expediente completo.
- Documentación principal: dos informes de plantilla media de la Seguridad Social del centro de trabajo: uno de los 6 meses anteriores a la conversión y otro del día de la conversión.
- Exclusiones: no se subvencionan contratos con determinados familiares hasta el segundo grado ni los vinculados a actividades subvencionadas por otras convocatorias de Lanbide. También se excluyen las entidades públicas o dependientes de administraciones y las ETT para empleos de puesta a disposición.
- Compatibilidad: incompatible con otras ayudas por el mismo concepto y finalidad, salvo las bonificaciones o reducciones legales de cuotas de la Seguridad Social.
- Incumplimientos: reducir la jornada o no cumplir las obligaciones de mantenimiento puede exigir devolver la ayuda. Las incidencias del contrato deben comunicarse a Lanbide en 7 días.
ENTIDADES BENEFICIARIAS
Empresas privadas de cualquier forma jurídica, personas autónomas con personal contratado, comunidades de bienes, sociedades civiles, asociaciones y fundaciones. También pueden acceder agrupaciones y otras entidades sin personalidad jurídica que cumplan las condiciones. Deben tener domicilio social y fiscal en Euskadi o un centro de trabajo en Euskadi. El contrato subvencionado debe corresponder a un centro de trabajo ubicado en Euskadi.
CONCEPTO SUBVENCIONABLE
La conversión de un contrato indefinido formalizado desde el inicio a tiempo parcial en un contrato indefinido al 100 % de la jornada aplicable. Durante, al menos, los 6 meses anteriores, el contrato debe haber sido indefinido y su jornada no debe haber superado el 70 %. La conversión debe realizarse antes de solicitar la ayuda y suponer un incremento de la plantilla media del centro de trabajo.
IMPORTE SUBVENCION
De 3.000 a 4.000 € por contrato, según la jornada inicial. Las cuantías aumentan un 50 % cuando la persona trabajadora es mujer, alcanzando entre 4.500 y 6.000 €. Desglose en la tabla siguiente:
| Jornada inicial respecto a la jornada completa | Si la persona trabajadora es hombre | Si la persona trabajadora es mujer |
|---|---|---|
| Hasta el 50 %, incluido | 4.000 € | 6.000 € |
| Más del 50 % y hasta el 60 %, incluido | 3.500 € | 5.250 € |
| Más del 60 % y hasta el 70 %, incluido | 3.000 € | 4.500 € |
PLAZOS
Las conversiones pueden realizarse desde el 1 de octubre hasta el 30 de noviembre de 2026, siempre antes de presentar la solicitud y dentro del plazo de la convocatoria. El contrato indefinido a jornada completa debe mantenerse durante 24 meses desde la conversión.
PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Del 1 de octubre al 30 de noviembre de 2026, ambos incluidos, o hasta que se agote el presupuesto. Presentación electrónica a través de la sede del Gobierno Vasco. Una solicitud por cada contrato convertido.










