ORGANISMO: Gobierno Vasco
OBJETO
Regular y conceder subvenciones para fomentar los contratos de relevo, favoreciendo el relevo generacional en las empresas y la inserción laboral de personas jóvenes y mayores de 45 años.
https://www.euskadi.eus/web01-bopv/es/bopv2/datos/2026/05/2601813a.pdf
ENTIDADES BENEFICIARIAS
Pueden acceder:
• Personas físicas o jurídicas.
• Empresariado individual.
• Comunidades de bienes y sociedades civiles.
• Asociaciones y fundaciones.
Quedan excluidas las administraciones públicas y entidades del sector público.
CONCEPTO SUBVENCIONABLE
Contratos de relevo vinculados a jubilaciones parciales.
Deben ser:
• A jornada completa.
• Indefinidos o temporales con compromiso de conversión a indefinido.
GASTOS SUBVENCIONABLES
La ayuda se concede por la contratación de la persona relevista, siempre que:
• Perciba al menos el SMI.
• Cumpla requisitos de edad y situación laboral.
(No se detallan partidas de gasto como tal, sino la contratación en sí).
IMPORTE SUBVENCION
• 8.400 € por contrato de relevo.
• Incremento del 10% si la persona contratada es mujer.
PLAZOS
No se establece un plazo de ejecución como tal, pero:
• Se exige mantenimiento del empleo durante 20 meses.
• El pago final se realiza tras 1 año de mantenimiento del contrato.
PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
El plazo de presentación de las solicitudes de subvención será el siguiente:
a) Contratos iniciados con anterioridad a la publicación de esta convocatoria en el BOPV: tres meses a contar desde el día siguiente al de dicha publicación.
b) Contratos iniciados el mismo día o con posterioridad a la publicación de la convocatoria en el BOPV: tres meses contados desde la fecha de inicio del contrato de relevo.
En cualquier caso, la fecha final de presentación de solicitudes será el día 20 de octubre de 2026.










