ORGANISMO: SPRI-AGENCIA VASCA DE DESARROLLO EMPRESARIAL
OBJETO
Esta ayuda tiene como finalidad apoyar la puesta en marcha de nuevas empresas en Euskadi que presenten proyectos:
• innovadores
• de base tecnológica
• industriales
• de servicios conexos ligados al producto-proceso
• o intensivos en conocimiento.
Dicho de forma sencilla: está pensada para ayudar a nuevas empresas con potencial de crecimiento, especialmente si aportan innovación, tecnología o especialización.
ENTIDADES BENEFICIARIAS
Pueden solicitarla las personas jurídicas que cumplan, entre otros, estos requisitos:
Tener al menos un centro de actividad en Euskadi
Presentar un Plan de Empresa tutelado o validado por un BIC (Business Innovation Center)
Ser una empresa de nueva creación:
constituida desde el 1 de enero de 2023
y en el caso de biotecnológicas, desde enero de 2021
Prever la creación de al menos 3 empleos en 3 años
Tener la condición de pequeña empresa no cotizada
Estar dada de alta en el IAE correspondiente en la CAE
Tener un capital social mínimo de 30.000 euros, totalmente desembolsado
No superar 1.000.000 de euros de capital social
No haber sido beneficiaria en convocatorias anteriores de este programa.
CONCEPTO SUBVENCIONABLE
Se subvencionan los gastos necesarios para impulsar un nuevo proyecto empresarial, siempre que:
• estén incluidos en el Plan de Empresa
• o sean necesarios para su desarrollo.
La ayuda está orientada a favorecer la aceleración y crecimiento de nuevas empresas innovadoras o tecnológicas en su fase de arranque.
DATOS RELEVANTES QUE DESTACAR
• La ayuda se concede en régimen de concurrencia competitiva, no por orden de llegada. Es decir, los proyectos se comparan entre sí y se valoran.
• El presupuesto del programa asciende a 1.000.000 de euros.
• Solo pueden solicitarla personas jurídicas, no personas físicas.
• Es obligatorio que el proyecto tenga un Plan de Empresa tutelado o validado por un BIC.
• Para ser elegible, el proyecto debe alcanzar al menos 60 puntos en la valoración, con puntuaciones mínimas en cada bloque.
• Se valoran especialmente:
el alineamiento con los sectores estratégicos del Plan de Industria Euskadi 2030
la capacidad del equipo emprendedor
la base tecnológica e innovadora
y la planificación del desarrollo del proyecto.
• Se admite la subcontratación hasta el 100 %, con los límites legales correspondientes.
• En la concesión se abona un anticipo del 10 % de la ayuda.
• Las empresas beneficiarias deberán dar publicidad al apoyo recibido, incluyendo el logotipo de SPRI y la mención “subvencionado por SPRI”, y utilizar ambas lenguas oficiales en la difusión pública relacionada con la actuación subvencionada.
GASTOS SUBVENCIONABLES
Se pueden financiar los siguientes gastos:
• Gastos de personal por nuevas contrataciones laborales
máximo 2 incorporaciones
deben ser perfiles nuevos, no socios ni equipo promotor
con funciones de responsabilidad y autonomía
• Colaboración externa y asesoría técnica especializada vinculada al desarrollo del proyecto
• Nuevos alquileres de inmuebles
• Solicitud y mantenimiento de patentes, propiedad industrial, registros, certificaciones y homologaciones
• Promoción y difusión del proyecto.
IMPORTE SUBVENCION
La ayuda consiste en una subvención a fondo perdido.
Cuantía
• 70 % de los gastos subvencionables
• con un máximo total de 100.000 euros por empresa.
Límite específico para personal
• Hasta 35.000 euros por persona contratada
• con un máximo de 70.000 euros en total por este concepto.
Gasto mínimo del proyecto
• El conjunto de gastos subvencionables debe alcanzar un mínimo de 70.000 euros.
PLAZOS
Los gastos deben generarse después de presentar la solicitud y durante un plazo máximo de 24 meses desde esa fecha.
Además:
el proyecto debe iniciarse después de presentar la solicitud y en todo caso dentro del ejercicio 2026.
Calendario de justificación. La ayuda prevé varias fases de liquidación:
Primera liquidación: antes del 31 de diciembre de 2026
Segunda liquidación: antes del 31 de octubre de 2027
Liquidación final: en un máximo de 3 meses desde la finalización del proyecto y, en todo caso, antes del 31 de octubre de 2028.
PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Se abre el 24/03/2026 y finaliza el 14 de mayo de 2026.










