ORGANISMO: MAPFRE
OBJETO
Apoyar la creación de nuevos puestos de trabajo en pequeñas empresas, autónomos y entidades sociales en España.
La ayuda está dirigida a fomentar:
El empleo estable.
La contratación de personas con más dificultades para acceder al mercado laboral (jóvenes, mayores de 50 años, desempleados de larga duración, colectivos vulnerables).
El empleo en zonas rurales.
Si necesitas aclaraciones sobre la información contenida en las bases, Fundación Mapfre pone a tu disposición las siguientes líneas de comunicación:
- Mediante correo electrónico al buzón accedemos@fundacionmapfre.org.
- A través del siguiente nº de teléfono 91 744 19 29. El horario de atención telefónica es de: 09:00 a 14:00h de lunes a viernes (horario peninsular).
Normativa completa: https://www.fundacionmapfre.org/premios-ayudas/convocatorias/contratacion/ayudas-empleo/bases-convocatoria/
ENTIDADES BENEFICIARIAS
Pueden solicitarla:
- Pequeñas empresas
- Autónomos/as
- Entidades sociales
Con domicilio fiscal en España y que:
- Estén legalmente constituidas antes del 31/12/2024 (empresas).
- Estén dadas de alta en Seguridad Social antes del 31/12/2024 (autónomos).
- Estén al corriente de pagos con Hacienda y Seguridad Social.
- Cumplan los límites de plantilla según ubicación del nuevo empleo.
CONCEPTO SUBVENCIONABLE
Se subvenciona la contratación de una persona desempleada mediante:
- Contrato indefinido (jornada completa o parcial).
- Contrato de formación en alternancia (mínimo 12 meses).
- El contrato siempre debe haber comenzado a partir del 01/01/2026.
GASTOS SUBVENCIONABLES
La ayuda es un reembolso de las nóminas pagadas al trabajador/a.
Es decir:
- La empresa paga la nómina.
- Fundación Mapfre devuelve el importe mensual concedido.
La ayuda tiene naturaleza de donación al empleador.
IMPORTE SUBVENCION
Duración máxima: 9 meses
▪ Jornada parcial (mínimo 20 horas semanales):
- 310 € al mes
- Máximo: 2.790 €
▪ Jornada completa:
- 515 € al mes
- Máximo: 4.635 €
Solo se concede una ayuda por empleador y por empleado/a.
PLAZOS
La ayuda dura máximo 9 meses consecutivos.
Solo se paga por el tiempo efectivamente trabajado.
Si hay baja laboral:
Se puede suspender hasta un máximo de 2 meses.
Si supera 2 meses → cancelación.
PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Desde el 18 de febrero de 2026
Hasta:
- Agotar las 350 ayudas disponibles, o
- Como máximo el 30 de septiembre de 2026
Se conceden por orden de registro.










